Para el manejo del bosque nativo es necesaria la aprobación por CONAF de un Plan de Manejo o de una Norma de Manejo según el tipo de bosque, siguiendo las normas permitidas por la ley 20.283. Estos documentos deben ser elaborados y tramitados por un Ingeniero Forestal. Se acompañan además de cartografía y una serie de documentos legales que acreditan el dominio de la propiedad. Una vez aprobado, se debe dar aviso de inicio a CONAF y enviar informes de ejecución anuales, además de uno final al término de las actividades. Para el transporte de los productos nativos, CONAF le entregará Guías de Libre Tránsito, que el transportista debe visar en el siguiente retén de Carabineros durante su trayecto al destino.